Alumnos 2007, Clase profesor Cocca

Alumnos 2007, Clase profesor Cocca

La farmacia, Que es?

la palabra farmacia - deriva del griego "pharmakon" -

Como ciencia, estudia toda clase de sustancias afectadas de la salud de los seres vivos.

Desde otro punto de vista, farmacia es la profesion que se encarga de la investigacion de la aludidas sustancias, e interviene en el contar tecnico de los medicamentos.

Un tercer significado de la palabra farmacia es el utilizado para designar el establecimiento que se instala para prestar el servicio de expendio de medicamentos y otros articulos autorizados por las reglamentaciones autorizadas.

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lunes, 7 de mayo de 2007

UNIDAD 11

Unidad XI: Enfermedades de transmisión sexual


Contenido: Enfermedades de transmisión sexual: aspectos legales. Control sanitario de agentes que preservan su propagación. Registro nacional de empresas dedicadas a la elaboración, envase e importación de preservativos de látex. Registro de dispositivos. Normas que deben cumplir. Autoridades sanitarias de aplicación.


Las infecciones de transmisión sexual, el virus de la inmunodeficiencia humana y el sida han sido declarados problema de Estado y de interés nacional por lo que toda entidad estatal, autónoma, descentralizada, mixta o municipal, al igual que el Poder Legislativo, el Órgano Judicial, el Tribunal Judicial y el Ministerio Público, tienen la responsabilidad de presentar y ejecutar un plan estratégico de prevención, control y manejo de los mismos.

DIAGNÓSTICO

El resultado de la prueba diagnóstico de las ITS, del VIH y del Sida es confidencial.

Dichas pruebas deben realizarse con el consentimiento de la persona o su representante legal.

Las pruebas diagnósticas son obligatorias cuando:

· Exista la necesidad de realizarlas para atender la salud de la persona o el producto de gestación, con la finalidad de obtener un diagnóstico y un mejor criterio para su tratamiento y manejo.
· Para investigaciones judiciales y médico-legales o por intercambio de fluidos corporales: en este caso el funcionario de instrucción ordenará la prueba de inmediato, tanto para la persona que causó la exposición como para la persona expuesta. (1)
· Para donar sangre, hemoderivados, leche materna, semen, órganos o tejidos.
· Cuando lo ordene la autoridad sanitaria por existir indicios de intercambio de fluidos corporales. (1)
· De manera periódica a personas de ambos sexos que se dedican al comercio sexual. (1)
· Para contraer matrimonio civil: en este caso el resultado positivo no será causal impeditivo para contraer matrimonio.

En estos casos cuando haya habido probable exposición al VIH deberá proveerse al afectado un tratamiento antirretroviral preventivo de inmediato. También deben aplicarse otras medidas preventivas de reconocida efectividad para reducir al mínimo, el riesgo de infección de las personas expuestas al VIH.
Toda persona tiene derecho a efectuarse la prueba diagnóstica de manera voluntaria.

VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

La vigilancia epidemiológica se realizarán conforme al Código Sanitario y las normas establecidas por el Ministerio de Salud.
Para prevenir la transmisión del virus VIH y otros agentes infectocontagiosos, el Ministerio de Salud establece normas de control de calidad y manejo de los bancos de productos humanos y sus derivados. También establecerá normas de bioseguridad necesarias en el manejo de productos humanos y sus derivados, materiales, instrumental y equipos, a efecto de proteger al personal potencialmente de riesgo.
Toda entidad pública o privada está obligada a cumplir las normas de bioseguridad establecidas `por el Ministerio de Salud, para lo cual garantizará la disponibilidad de los insumos y equipos.
A la persona que conozca su condición de infectada por una ITS o VIH, se le prohíbe donar sangre o sus derivados, semen, leche materna, órganos y tejido.
La transfusión de sangre y de sus derivados, así como los transplantes de órganos y tejidos, que constituyen una medida excepcional para salvar y / o mejorar la calidad de vida del paciente requieren:
consentimiento del paciente o de sus familiares.
Cuando el paciente no esté en capacidad física o mental de emitir su consentimiento, privará el criterio médico.
La información de los riesgos de la intervención médica.
El examen previo de la inexistencia de anticuerpos contra las ITS y el VIH.

MEDIOS DE PREVENCIÓN

El Ministerio de Salud promoverá y mantendrá un buen nivel de información para la relación sexual más segura y fortalecerá las campañas educativas sobre el uso del preservativo. También vigilará que se cumpla con la disponibilidad y el adecuado almacenaje de los preservativos, en buenas condiciones, de acuerdo a las normas de control de calidad internacionalmente aceptadas y en cantidad que satisfaga la demanda de la población.
Los hoteles, moteles, pensiones y casas de alojamiento ocasional, que no llevan registro de huéspedes están obligados a tener disponibles, en lugar visible, 2 preservativos como mínimo como parte del servicio básico.

ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD

Toda persona diagnosticada con ITS, VIH o SIDA debe recibir atención integral oportuna y en igualdad de condiciones, tanto en una entidad pública como privada y deberá respetársele la confidencialidad como paciente. Además se le proveerá la orientación e información necesarias, la que deberá. Obligatoriamente, facilitarles a sus contactos, así como la forma de hacerlo, a fin de interrumpir la cadena de transmisión.
Todo trabajador de la salud está obligado a prestar la atención que requiera la persona infectada y cumplirá estrictamente con las normas de bioseguridad para su propia protección.
El sector salud pondrá especial en la transmisión por vía perinatal, para lo cual se suministrará las pruebas diagnósticas a toda gestante y le proporcionará a la gestante seropositiva, así como al niño/a, el tratamiento específico, según las normas establecidas.

DERECHOS Y DEBERES

Se prohíbe cualquier discriminación y acto segregador en perjuicio de la persona infectada.
Se prohíbe las restricciones a los derechos y libertades de las personas infectadas.
Toda persona infectada tiene derecho a contar con una información exacta y clara, precisa y científica acerca de su situación, por parte del personal profesional y técnico.
La confidencialidad es un derecho fundamental de la persona infectada.
Cuando hay probable exposición laboral, deberá proveerse al afectado el tratamiento adecuado inmediato.

CONTRAVENCIONES

Son contravenciones las siguientes conductas:

Omisión de notificar: los profesionales están obligados a denunciar los casos al Ministerio de Salud.
Solicitud ilegal de la prueba diagnóstica.
Uso indebido de resultados de pruebas.
Comercialización de fluido o derivado humano.
Violación de la confidencialidad.
Incumplimiento de las normas de bioseguridad.

EMPRESAS ELABORADORAS, ENVASADORAS E IMPORTADORAS DE PRESERVATIVOS Y EL REGISTRO DE DISPOSITIVOS

En el ámbito de la Dirección de Drogas, Medicamentos y Alimentos de la Secretaria de Salud se creó:

El Registro Nacional de Empresas elaboradoras, envasadoras e importadoras de preservativos.
El Registro de Dispositivos que llevará el registro individualizado por producto, de los preservativos que se fabriquen o importen en nuestro país.

La Dirección de Drogas, Medicamentos y Alimentos tendrá a su cargo el control y fiscalización sanitaria de las actividades comprendidas en la elaboración, envasado, importación, exportación y comercialización de preservativos.
Existen Normas de Ensayo que son aplicada para el control de calidad y sanidad de los preservativos que se fabriquen o se importen en nuestro país.
Las empresas que realizan estas actividades deben solicitar la inscripción de sus productos en el Registro de dispositivos. La solicitud de inscripción deberá efectuarse por cada producto y bajo declaración jurada firmada por el representante de la empresa y el director técnico.
La solicitud es evaluada por la Dirección de Drogas, Medicamentos y Alimentos. El Instituto de Medicamentos dependiente de dicha Dirección, efectuará los análisis de control conforme a los ensayos establecidos. Una vez determinada la calidad y sanidad del producto, la Dirección procederá a aprobar el producto y expedir el certificado de inscripción en el Registro. Las empresas no pueden poner el producto en plaza hasta que no se le expida el correspondiente certificado de inscripción.
NORMAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PRESERVATIVOS DE ORIGEN NACIONAL E IMPORTADOS ENVASADOR COLECTIVAMENTE

· Cantidad de unidades.
· Nombre y dirección del fabricante.
· Nombre y dirección del importador.
· Número de registro de empresa.
· Número de certificado de producto.
· Prospecto de uso, que deberá contener:
· modo de aplicación.
· Que ayuda a prevenir enfermedades de transmisión sexual.
· Indicación para un solo uso.
· Instrucciones para su almacenamiento.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

37500 % DE GANANCIA EN FARMACOS
Estimado Señor : como Profesor Universitario, de la Universidad Kennedy. Dictaba cinco asignaturas, entre ellas, Ejercicio y Administración Farmacéutica. Con mas de 50 excelentes alumnos, inquisitivos, ávidos de adquirir conocimientos, mi misión además de enseñar Legislación Farmacéutica, era explicarles como es esta actividad comercialmente, tal es así, que como trabajo practico averiguamos al azar el costo de un descongestivo nasal en gotas, droga base nafazolina, tiempo en el mercado mas de 40 años, consultado el proveedor mas importante de drogas para la industria farmacéutica, dio el costo por frasco, 0,03 centavo, precio de venta 11,25 pesos, ganancia por unidad 37500 %, por supuesto esto no tiene parangón con ninguna actividad licita, a todo esto se me invita el 5 de junio de 2007 al Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación, donde se realizaron unas Jornadas sobre “ Ética y Medicamentos “ estando presentes, legisladores, funcionarios gremialistas , las Cámaras Farmacéutica que supuestamente no habían sido invitadas, pero ahí estaban en segunda fila, farmacéuticos, etc, finalizada la Jornada se podían exponer posiciones de cada uno que quisiera hablar, yo fui uno de ellos y en particular me dirigí a las Cámaras de la Industria a los que tenia a pocos metros, el drama es la accesibilidad de nuestro pueblo a los fármacos, se nos mueren compatriotas, en particular niños ,muchos de ellos muy pequeños y esta gente sin ninguna culpa gana el 37500 %, esto es un escándalo de proporciones y el Estado debe y puede solucionarlo, no puede hacerse el distraído .
La respuesta a mis palabras no se hizo esperar, no para intentar solucionar el tema sino para sacarme del medio. Me cito mi Decano Dr, Capon Filas y La Directora de Farmacia Farmaceutica Magariños, y con un discurso Kafkiano e hiriente, me sacaron la cátedra de Farmacia, días después todas las demás, no estoy arrepentido, no puedo ser cómplice de tamaño despropósito.

Como curiosidad mi ultimo sueldo, aguinaldo incluido fueron 231 Pesos.

Lo saludo cordialmente.



Profesor Universitario.

Eduardo Marcelo Cocca

e-mail : profcocca@gmail.com



Este es un e-mail legal, libre de virus y contiene informacion que consideramos de su interés.
De acuerdo con la nueva Ley argentina Nº 26032 la libre distribución este email está autorizada
por tratarse de propósitos de información, sin embargo, si le hemos causado alguna molestia por el mismo,
le rogamos acepte nuestras disculpas y nos envie un mail a
ecocca@fibertel.com.ar para no ser contactado nuevamente.



SERVICIO DE INTERNET


Ley 26.032


Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.


Sancionada: Mayo 18 de 2005

Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°

— La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

ARTICULO 2°

— La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo.


—REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.


EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.










__________

Anónimo dijo...

INJUSTICIA POR DEFENFER LA VIDA

Estimados : como Profesor Universitario, de la Universidad Kennedy. Dictaba cinco asignaturas, entre ellas, Ejercicio y Administración Farmacéutica. Con mas de 50 excelentes alumnos, inquisitivos, ávidos de adquirir conocimientos, mi misión además de enseñar Legislación Farmacéutica, era explicarles como es esta actividad comercialmente, tal es así, que como trabajo practico averiguamos al azar el costo de un descongestivo nasal en gotas, droga base nafazolina, tiempo en el mercado mas de 40 años, consultado el proveedor mas importante de drogas para la industria farmacéutica, dio el costo por frasco, 0,03 centavo, precio de venta 11,25 pesos, ganancia por unidad 37500 %, por supuesto esto no tiene parangón con ninguna actividad licita, a todo esto se me invita el 5 de junio de 2007 al Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación, donde se realizaron unas Jornadas sobre “ Ética y Medicamentos “ estando presentes, legisladores, funcionarios gremialistas , las Cámaras Farmacéutica que supuestamente no habían sido invitadas, pero ahí estaban en segunda fila, farmacéuticos, etc, finalizada la Jornada se podían exponer posiciones de cada uno que quisiera hablar, yo fui uno de ellos y en particular me dirigí a las Cámaras de la Industria a los que tenia a pocos metros, el drama es la accesibilidad de nuestro pueblo a los fármacos, se nos mueren compatriotas, en particular niños ,muchos de ellos muy pequeños y esta gente sin ninguna culpa gana el 37500 %, esto es un escándalo de proporciones y el Estado debe y puede solucionarlo, no puede hacerse el distraído .

La respuesta a mis palabras no se hizo esperar, no para intentar solucionar el tema sino para sacarme del medio. Me cito mi Decano Dr, Capon Filas y La Directora de Farmacia Farmaceutica Magariños, y con un discurso Kafkiano e hiriente, me sacaron la cátedra de Farmacia, días después todas las demás, no estoy arrepentido, no puedo ser cómplice de tamaño despropósito.

Como curiosidad mi ultimo sueldo, aguinaldo incluido fueron 231 Pesos.

Lo saludo cordialmente.

Profesor Universitario.

Eduardo Marcelo Cocca

e-mail : profcocca@gmail.com


ESTOS SON LOS MAIL DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE MI SEPARACION DE TODAS MIS CATEDRAS, ES A LOS EFECTOS DE QUE SI ALGUIEN LES QUIERE DECIR ALGO.
UN FRATERNAL ABRAZO A TODOS
EDUARDO COCCA

Dr. : Rodolfo Capón Filas caponfilas@fibertel.com.ar

Farmacéutica : Maria del Carmen Magariños

mcmagarinos@fibertel.com.ar
Rectora

Dra. María Elisa Herren de David herrenm@kennedy.edu.ar